martes, mayo 02, 2006
Informes de viabilidad sobre las obras de interés general
La Ley 11/2005, de 22 de junio, por la que se modifica la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional, añade un nuevo apartado 5 en el artículo 46 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, en el que, entre otros extremos, se determina que, con carácter previo a la ejecución de obras de interés general, deberá elaborarse un informe que justifique su viabilidad económica, técnica, social y ambiental, incluyendo un estudio específico sobre la recuperación de los costes.
Para desarrollo y cumplimiento de lo dispuesto en el referido artículo 46.5 se siguen las siguientes Normas.
Siguiendo esta plantilla, el Ministerio de Medio Ambiente ha elaborado ya cerca de un centenar de informes, que se realizan previamente a la licitación de las infraestructuras y se pueden consultar aquí.
Nuevos tiempos, nuevas herramientas para la toma de decisiones.
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Para desarrollo y cumplimiento de lo dispuesto en el referido artículo 46.5 se siguen las siguientes Normas.
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